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Mediante Decreto Ejecutivo No. 1074, del 15 de junio de 2020, el Presidente de la República, declaró un nuevo Estado de Excepción por Calamidad Pública en todo el territorio nacional, en vista de que la emergencia sanitaria causada por el Coronavirus persiste y por la emergencia económica que atraviesa el país.
El Estado de excepción tiene como objetivo continuar con el control de la enfermedad a través de medidas excepcionales para frenar el contagio masivo y además, establecer mecanismos económicos emergentes que permitan enfrentar la recesión económica y la crisis fiscal.
Adicionalmente, se dispone a las entidades de la Administración Pública Central e Institucional para que combinen esfuerzos tanto para mantener y controlar el cumplimento de las medidas de prevención frente al virus, como para la reactivación de actividades económicas que se vieron afectadas por la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país.
Nuevamente se suspende el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito y el derecho a la libertad de asociación, para tal efecto, se insta al COE Nacional para que sea quien disponga los horarios y mecanismos de restricción a la movilidad en base al sistema de semaforización ya adoptado semanas atrás. Esto con la finalidad de mantener las medidas de aislamiento y distanciamiento social como prevención y control para la propagación del virus.
Se declara toque de queda a nivel nacional a partir del 15 de junio de 2020 en los términos que disponga el COE Nacional, de conformidad con los parámetros de semaforización adoptados por cada cantón. Se mantiene la exención de esta restricción los sectores económicos y actividades laborales que disponga el COE Nacional en aras de cumplir con el objetivo de reactivar los sectores productivos afectados por a la emergencia sanitaria.
Finalmente, se establece el alcance de la limitación del ejercicio del derecho a la libertad de asociación y reunión y se prohíben los eventos de afluencia masiva a nivel nacional. Respecto a otras actividades será el COE Nacional quien determinará los parámetros según el sistema de semaforización.
Este Estado de Excepción estará vigente por sesenta (60) días a partir de su suscripción, es decir, hasta el 15 de agosto de 2020.
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