El día de hoy se publicó en el diario El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 014-2018/SUNAT que aprueba las disposiciones que permiten el cumplimiento de la obligación de presentar la declaración jurada informativa Reporte Local (Formulario Virtual 3560).
No existe obligación de presentar la información indicada en los anexos II,III y IV, respecto a las transacciones inferiores a 2.5 UIT realizadas con partes vinculadas y/o desde, hacia o a través de países o territorios de baja o nula imposición, tomando en consideración el valor individual de cada transacción o el valor del conjunto de transacciones según la evaluación realizada para la aplicación del método.
Para la declaración correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente cronograma:
En el caso de la declaración (Formulario Virtual 3560) correspondiente al ejercicio 2017, se presentará de acuerdo al cronograma de vencimiento mensual correspondiente al periodo tributario mayo del ejercicio siguiente al que corresponda la declaración.
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