El 07 de marzo de 2019 se publicó en Gaceta Oficial N° 41.597 la Providencia Administrativa N° SNAT/2019/00046 dictada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se reajustó el valor de la Unidad Tributaria (U.T.) de diecisiete bolívares (Bs. 17,00) a cincuenta bolívares (Bs. 50,00).
Reajustar el valor de la U.T. de diecisiete bolívares (Bs. 17,00) a cincuenta bolívares (Bs. 50,00).
Dispone la Providencia que el nuevo valor de la U.T. solo podrá ser utilizado como unidad de medida para:
Asimismo, se establece expresamente que el nuevo valor de la U.T. no podrá ser utilizado por otros órganos y entes del Poder Público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.
En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la U.T. aplicable será la que esté vigente por lo menos ciento ochenta y tres (183) días continuos del período respectivo.
En los casos de tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la U.T. aplicable será la que esté vigente para el inicio del período.
La Providencia entró en vigor el 07 de marzo de 2019.
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