Mediante Decreto Supremo N° 009-2020-TR, publicado el 10 de febrero de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó el Decreto Supremo que reglamenta el Decreto de Urgencia N° 044-2019 relativo al seguro de vida ley.
A efectos de comprender el alcance de la norma, debemos recordar que el Decreto de Urgencia N° 044-2019 establece el derecho de los trabajadores a contar con un seguro de vida a cargo del empleador desde el inicio de la relación laboral.
Las disposiciones más relevantes que desarrolla el presente Decreto Supremo a tener en cuenta son las siguientes:
El empleador deberá realizar el registro dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la suscripción del contrato de seguro de vida de ley.
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