El pasado 2 de octubre, el Banco Central del Uruguay (“BCU”) puso a consideración del público un Proyecto de Resolución por el cual se pretenden realizar modificaciones a la Recopilación de Normas de Sistema de Pagos (“RNSP”).
Se incorporaría un nuevo Libro a la RNSP (Libro V), denominado “Interoperabilidad en el Sistema de Pagos”, y se modificaría el artículo 80 literal i) de la RNSP, ubicado en el Libro VII, titulado “Medios de Pago Electrónicos e Instituciones Participantes del Sistema de Pagos”, a fin de incorporar definiciones de relevancia en el marco de la interoperabilidad.
Las modificaciones proyectadas se enmarcan en las nuevas competencias que, a partir del 1 de enero de 2023, fueron transferidas al BCU en materia de regulación y control de la interoperabilidad de las redes de terminales de procesamiento electrónico de pagos y la interconexión de dichas redes con los emisores de medios de pago electrónicos y adquirentes, que hasta esa fecha eran competencia de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).
En particular, se destaca que:
Ratificándose así que la obligación de los administradores de redes de POS de otorgar conexión para lograr la debida interoperabilidad e interconexión con los diferentes emisores de medios de pago electrónicos y adquirentes, continúan plenamente vigentes. Estas obligaciones deberán cumplirse bajo el principio de trato no discriminatorio, a fin promover y defender la competencia, la eficiencia económica y el desarrollo del mercado.
La diferencia es que será ahora el BCU quién controlará el cumplimiento de tales principios, e intervendrá ordenando la conexión y aplicando las sanciones que corresponda a los infractores, en caso de incumplimiento a las normas y principios técnicos que rigen en materia de conexión.
Por disposición del artículo 22 de la Ley N°18.573, el BCU podrá sancionar a las personas físicas y jurídicas que integran el Sistema Nacional de Pagos con observaciones, apercibimientos multas de hasta 1MM de Unidades Indexadas o revocación temporal o definitiva de la autorización para integrar el sistema o cancelación del registro cuando corresponda.
La nueva amplitud dada a las definiciones pretende, como el propio BCU lo ha anunciado al publicar el Proyecto de Resolución, la puesta en funcionamiento de pagos mediante la utilización de códigos QR, hito que forma parte de las iniciativas tendientes a generar un Sistema de Pagos Rápidos.
El Proyecto de Resolución a la fecha se encuentra en consulta hasta el 23.1023. Para ver su texto completo haga click aquí.
Correos electrónicos no solicitados y cualquier otra información enviada a Dentons no serán consideradas como confidenciales, puede ser revelada a otros, puede que no obtenga una respuesta, y no crean una relación abogado-cliente. Si usted no es cliente de Dentons, por favor no nos envíe ninguna información confidencial.
Esta biografía está disponible sólo en inglés. Por favor, haga clic en continuar abajo para ver la biografía en inglés o en cancelar para permanecer en esta página.
Usted va a ser redirigido de la web de Dentons a la web $redirectingsite. Para proceder, por favor haga click en Aceptar.
Usted va a ser redirigido de la web de Dentons a la web Beijing Dacheng Law Offices, LLP. Para proceder, por favor haga click en Aceptar.