El 31 de mayo de 2025, se publicó el Decreto Supremo 075-2025-PCM, mediante el cual se aprobó la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor al 2030 (en adelante, la “Política”).
La Política reconoce como problema público el bajo nivel de protección y empoderamiento de los consumidores en sus relaciones de consumo. Conforme a ella, este problema es generado por cinco causas directas:
Como puede advertirse, el problema público recae sobre una base de escasa educación y conocimiento por parte de los consumidores acerca de sus propios derechos. A ello se le suma el cumplimiento parcial de obligaciones a cargo de los proveedores, lo cual incluye escasa o mala información puesta a disposición de los consumidores, el incumplimiento de los términos ofrecidos en la contratación de bienes o servicios, entre otros. De igual forma, los métodos de solución de controversias no son los óptimos y no están al alcance de todos los consumidores, por lo que acudir a las autoridades para hallar una solución puede ser complejo (o lento en el mejor de los casos).
Por otro lado, la Política reconoce una restringida participación o interacción entre los agentes que participan en el Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor, motivo por el cual se necesita dinamizar dicha comunicación, para efectos de que se implementen y mantengan actualizadas las distintas alternativas que se planean utilizar para solucionar el problema público detectado.
Tomando en cuenta lo anterior, para solucionar el problema público se han contemplado una serie de objetivos orientados a reforzar los derechos de los consumidores en sus relaciones de consumo, tanto en el sector público como en el privado. En ese sentido, se han establecido las siguientes metas: (i) reducir el desconocimiento de los derechos del consumidor en la ciudadanía; (ii) garantizar la disponibilidad de información para la toma de decisiones de consumo; (iii) incrementar el cumplimiento de las obligaciones de los proveedores en normas de protección al consumidor; (iv) asegurar mecanismos de solución de controversias de consumo efectivos; y (v) fortalecer la gobernanza institucional entre los miembros del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor.
Tales metas pretenden alcanzarse mediante instrumentos regulatorios, informativos y económicos, como las siguientes:
La meta es que, al 2030, siete (7) de cada diez (10) consumidores en el Perú estén más empoderados en sus relaciones de consumo, y con una mayor y efectiva protección de sus derechos.
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