Preguntas y respuestas ante los posibles escenarios
El pasado 28 de marzo, el Gobierno de España aprobó un Plan para la Transición hacia una nueva normalidad (en adelante, el “Plan”), estableciendo una serie de parámetros encaminados a adaptar la sociedad y reestablecer la actividad empresarial de forma progresiva.
Este Plan se divide en cuatro fases durante las cuales se irán reactivando los distintos sectores hasta alcanzar la “normalidad”. Las fechas y la duración de cada fase son orientativas y, podrán estar sujetas a cambios previa evaluación de los indicadores y evolución de la pandemia. Asimismo, se aplicará de forma asimétrica entre provincias según vaya mejorando la situación en cada uno de los territorios.
El 4 de mayo todas las provincias se situarán en la Fase 0, a excepción de la isla balear de Formentera y las regiones insulares de La Gomera, Hierro y La Graciosa en las islas Canarias, que se situarán directamente en la Fase 1.
Cada fase responde a un proceso conjunto de desescalada, en el que se irán aplicando diferentes medidas para ir reactivando de manera gradual las actividades empresariales de cada sector y la vida cotidiana. Todo ello se realizará conjuntamente con las órdenes e instrucciones dictadas por el Ministerio de Sanidad.
No. El Gobierno seguirá prorrogando el estado de alarma durante las fases del Plan y, se mantendrán algunas limitaciones, si bien, se irán graduando. De manera que, aquellas empresas que hayan llevado a cabo un Expediente de Regulación de Empleo (“ERTE”) por fuerza mayor, se mantendrá su efecto durante el Plan, ya que sigue existiendo la causa que obligó a muchas empresas a tomar dicha medida.
El Plan de desescalada no afectará a los ERTEs que hayan realizado las empresas como consecuencia de la crisis sanitaria del Covid-19, ya que:
Dicho esto, y a medida que se reestablezca la actividad empresarial de forma gradual, de acuerdo con las fases establecidas, las empresas pueden desafectar a determinados trabajadores del ERTE para que se reincorporen a su puesto de trabajo, sin necesidad de aumentar la jornada laboral (en caso de haber aplicado medidas de reducción de jornada) o de finalizar el ERTE mientras persista la causa que lo motivó.
De acuerdo con las fases propuestas y según la actividad de la empresa, la actividad se irá reiniciando gradualmente. En algunos sectores, con especial incidencia en hostelería, restauración y actividades culturales, se aplicarán medidas encaminadas a evitar las aglomeraciones: aforo limitado, pantallas protectoras, gestión de la actividad mediante citas previas, etc.
En el Anexo adjunto se detalla la reactivación de la actividad de acuerdo con los distintos sectores de actividad empresarial.
FASE 0
FASE 1
FASE 2
FASE 3
En la medida de lo posible, y mientras continúe la declaración del estado de alarma, hay que mantener la limitación de movimiento lo máximo posible. No obstante, se sigue manteniendo la excepción de desplazamiento para acudir al lugar de trabajo y realizar el ejercicio de las funciones encomendadas. Para ello, tanto si la empresa presta un servicio esencial, o pertenece a los sectores que se verán afectados por el Plan, será necesario proporcionar al trabajador una declaración responsable para que acredite que puede acudir a su puesto de trabajo.
Aquellos sectores que se han considerado como servicios esenciales y que, por tanto, se han mantenido operativos durante este tiempo (ej. Farmacias, supermercados, residencias, servicios sanitarios, entre otros). Si bien se les aplicarán medidas de refuerzo y las consiguientes medidas de prevención de riesgos laborales.
Aquellas empresas cuya actividad no esté expresamente prevista entre las distintas fases del Plan, implantarán una reincorporación gradual a partir de la Fase 3, esto es, partir del 15 de junio, aplicando las distintas medidas que garanticen la seguridad de los empleados, como, por ejemplo: fomentar el teletrabajo, realización de turnos, horarios escalonados, flexibilidad laboral, disfrute de vacaciones.
Las empresas deberán reforzar sus medidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales, con especial hincapié en aquellas zonas que sean de uso común; así como facilitar a sus trabajadores los medios e indicaciones que sean necesarios para garantizar dichas medidas: EPIs, recomendaciones en materia de lavado de manos e higiene, mascarillas (el uso de las mascarillas fuera del hogar es conveniente y altamente recomendable cuando no pueda garantizarse el distanciamiento social), guantes, uso de geles desinfectantes y acceso a soluciones hidroalcohólicas para practicar una higiene de manos frecuente, mantenimiento de las distancias interpersonales y refuerzo de las medidas de limpieza de los lugares de trabajo.
Los centros educativos no reanudarán su actividad normal hasta septiembre de este año, coincidiendo con la apertura del nuevo curso escolar. Se han establecido tres excepciones, que podrán aplicarse en principio a partir del 25 de mayo:
Todos los centros educativos deberán preparar las medidas sanitarias necesarias para la vuelta al curso escolar.
Se irán eliminando progresivamente las prohibiciones que establece actualmente la normativa de manera selectiva en función de la evolución de los marcadores sanitarios en los distintos territorios. De esta forma, las compañías de transporte irán ajustando su oferta en función de cómo evolucione la demanda.
En concreto el transporte aéreo, estará sujeto a que se alcance un acuerdo europeo o internacional en materia de seguridad, en el que se coordinen las distintas medidas de seguridad.
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