Con fecha 11 de mayo de 2020, mediante Decreto Legislativo N° 1500, se establecen diversas medidas especiales en materia ambiental aplicables a los titulares de proyectos de inversión pública, privada y público privada, en el marco de la Emergencia Sanitaria generada por el COVID-19.
De conformidad con el referido cuerpo normativo especial, se deberá tener en consideración lo siguiente:
Estos medios deberán asegurar que la población pueda contar efectiva y oportunamente con la información del proyecto de inversión. Del mismo modo, también se deberá asegurar que el canal de recepción de aportes, sugerencias y comentarios esté disponible durante el periodo que tome la participación ciudadana, y principalmente que, se identifique al ciudadano que interviene en el proceso de participación.
Dicha exoneración cesará una vez la actividad sujeta a fiscalización ambiental se reinicie.
Para cualquier consulta para obtener mayor detalle de estas disposiciones aprobadas, agradeceremos contactar a nuestro equipo local.
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