El día de ayer, 06 de mayo de 2020, fue publicada en la edición extraordinaria del Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Ministerial N° 128-2020-MINEM/DM la cual aprobó el “Protocolo Sanitario para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al COVID-19 en las actividades del Subsector Minería, el Subsector Hidrocarburos y el Subsector Electricidad”.
Adicionalmente, mediante Resolución Ministerial N° 129-2020-MINEM/DM se aprobaron los “Criterios de focalización territorial” a ser aplicados en la “Reanudación de Actividades” de explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos, y construcción de proyectos contenidos en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC), que se encuentran en el ámbito del Sector Energía y Minas.
El anexo aprobado por la Resolución Ministerial N° 129-2020-MINEM/DM establece criterios y requisitos generales que deben cumplir las empresas a efectos de poder retomar operaciones durante la Fase 1 del plan de reanudación de actividades, tales como:
Asimismo, dicho anexo establece criterios específicos para cada subsector: minería, hidrocarburos y electricidad.
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