Mediante Resolución de Superintendencia N° 000121-2020-MIGRACIONES, publicada el día 7 de mayo de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, la Superintendencia Nacional de Migraciones emitió disposiciones como consecuencia del aislamiento social obligatorio decretado en el marco de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19.
Así, se autorizó el uso de Constancias de Emisión de Carné de Extranjería y Permiso Temporal de Permanencia en favor de ciudadanos extranjeros que habiendo realizado alguno de los siguientes trámites, no hubiera podido recabar el Carné de Extranjería ni el Permiso Temporal de Permanencia debido a la medida de aislamiento social obligatorio:
La norma establece que la constancia tendrá la misma validez que el Carné de Extranjería o el Permiso Temporal de Permanencia, por el tiempo que dure la Emergencia Sanitaria y hasta la entrega del Carné respectivo. El acceso a las constancias es gratuito a través del portal www.migraciones.gob.pe.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia el 08 de mayo de 2020.
Correos electrónicos no solicitados y cualquier otra información enviada a Dentons no serán consideradas como confidenciales, puede ser revelada a otros, puede que no obtenga una respuesta, y no crean una relación abogado-cliente. Si usted no es cliente de Dentons, por favor no nos envíe ninguna información confidencial.
Esta biografía está disponible sólo en inglés. Por favor, haga clic en continuar abajo para ver la biografía en inglés o en cancelar para permanecer en esta página.
Usted va a ser redirigido de la web de Dentons a la web $redirectingsite. Para proceder, por favor haga click en Aceptar.
Usted va a ser redirigido de la web de Dentons a la web Beijing Dacheng Law Offices, LLP. Para proceder, por favor haga click en Aceptar.