Dentro del marco de Desarrollo Sostenible impulsado por las Naciones Unidas, con fecha 23 de enero de 2020, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.202 que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos. Por su parte, con fecha con fecha 24 de noviembre de 2020 entró en vigencia el Decreto N° 15 del Ministerio del Medio Ambiente, que contiene el Reglamento de la referida ley.
Una de las materias principales que se regulan en dichos cuerpos normativos es el reconocimiento legal, a partir de una declaración del Ministerio del Medio Ambiente, de los humedales urbanos. Dicha declaración puede ser solicitada por uno o más municipios, según dónde se encuentre emplazado el humedal, o incluso de oficio por parte del Ministerio del Medio Ambiente.
En este contexto, con fecha 20 de septiembre se publicaron en el Diario Oficial las siguientes resoluciones que declaran como humedales urbanos cuatro nuevas zonas:
Con fecha 13 de agosto de 2021, por solicitud de la Municipalidad de Villa Alemana, se declaró como humedal urbano la superficie aproximada de 8,36 hectáreas, considerándose dicha zona como un humedal natural ribereño permanente.
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Con fecha 19 de agosto de 2021, por solicitud de la Municipalidad de Lebu, se declaró como humedal urbano la Laguna Amalia, con una superficie aproximada de 2,32 hectáreas. La Laguna Amalia se encuentra ubicada parcialmente dentro del límite urbano, en la cuenca costera entre el río Lebu y el río Paicaví, al corresponder a un sistema natural, lacustre y de carácter permanente.
Del mismo modo, con fecha 19 de agosto, por solicitud de la Municipalidad de Lebu, se declaró como humedal urbano la Laguna Santa Fe, con una superficie aproximada de 2,27 hectáreas. La Laguna Santa Fe se encuentra ubicada parcialmente dentro del límite urbano, en la cuenca costera entre río Lebu y río Paicaví, al pertenecer a un sistema natural, lacustre, de carácter permanente.
Finalmente, con fecha 8 de septiembre de 2021, el Ministerio del Medio Ambiente reconoció de oficio como humedal urbano la superficie aproximada de 269,8 hectáreas de Bucalemu, ubicada parcialmente dentro del límite urbano en la comuna de Paredones, declarándolo como un humedal natural ribereño permanente.
Si bien estas son las declaraciones oficiales más recientes, cabe resaltar que desde la entrada en vigencia del Reglamento han sido declarados como humedales urbanos más de 20 zonas a lo largo de Chile.
Lo anterior resulta relevante para el desarrollo de proyectos en dichas zonas, toda vez que:
1. Producto de su declaración, en caso de cumplir con ciertos requisitos legales, los proyectos o actividades que se desarrollen sobre el terreno en cuestión deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y;
2. La municipalidad respectiva deberá dictar una ordenanza local y actualizar el plan regulador respectivo, a fin de establecer los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, debiendo incorporar también las acciones a implementar para el cumplimiento de estos criterios.
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