Con fecha 27 de diciembre de 2021, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó el primer requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por infracción a la prohibición de interlocking -consistente en la participación simultánea de un mismo director o ejecutivo relevante en dos o más empresas competidoras-, contra Hernán Büchi, Banco de Chile, Consorcio Financiero S.A. y Falabella S.A.
La prohibición del interlocking horizontal tiene por objeto evitar riesgos anticompetitivos como el flujo de información entre competidores, lo que podría facilitar un actuar coordinado, la reducción en la independencia entre los actores del mercado, o incluso la colusión entre ellos.
De acuerdo a la investigación, Hernán Büchi se desempeñó simultáneamente como ejecutivo relevante y director de Banco Chile, Consorcio, y Falabella, empresas que la FNE considera competidoras entre sí en diversos mercados, tales como el bancario, intermediación de valores, seguros, etc. Las multas solicitadas ascienden a 550 UTA para Hernán Büchi y 4.460 UTA para las empresas mencionadas.
El requerimiento en cuestión es interesante, porque es la primera vez que la FNE busca sancionar esta conducta desde la entrada en vigencia de su prohibición el año 2017. Algunas de las empresas requeridas han anunciado públicamente su rechazo a las imputaciones, señalando que ellas no compiten entre sí, sino que existiría competencia con algunas de sus filiales, que tienen su propio directorio, por lo que no concurriría el ilícito. De esta manera, el caso permitirá al TDLC pronunciarse por primera vez sobre la extensión de la aplicación de esta norma nueva.
Ver requerimiento de la FNE
El TDLC acogió una demanda de la empresa Servicios de Correspondencia Envía en contra de Correos de Chile por abuso de posición dominante y competencia desleal.
Dentro de las conductas sancionadas, se incluyen ciertos descuentos ofrecidos por Correos de Chile a sus clientes, que habrían afectado el desarrollo del negocio del demandante. Es muy relevante la decisión del TDLC en este aspecto, ya que consideró ilícitos los descuentos aplicados por Correos de Chile, a pesar de que el precio final no necesariamente fuese inferior a sus costos (conducta tradicionalmente sancionada, si cumple con ciertos requisitos, conocida como “precios predatorios”).
En este caso, el TDLC aplicó un parámetro menos estricto, sancionando a Correos por cuanto dichos descuentos serían una forma de abuso de posición dominante al tener por objeto excluir al demandante del mercado, y no tener justificación en costos en relación al precio de lista cobrado a la generalidad de sus clientes. En este sentido, la sentencia marca un hito, al establecerse como ilícito para una empresa el cobrar precios bajos, fuera de la hipótesis de los precios predatorios.
Es llamativo también el elevado monto de la multa (6.000 UTA, equivalente a US$4,5 millones), considerando que se trata de una conducta unilateral que no había sido considerado expresamente como ilícita por el TDLC con anterioridad.
Ver la sentencia del TDLC
La FNE presentó un requerimiento ante el TDLC contra Navimag, empresa de transporte marítimo local que opera en la zona sur del país, por haber “monopolizado” la ruta marítima entre Puerto Montt y Chacabuco mediante la adquisición de la única nave de carga que le competía en dicho tramo.
La entidad lo cataloga como un acto anticompetitivo puesto que al adquirir el único activo de GyT (empresa competidora), la ruta quedó 100% bajo el dominio de Navimag. Además, la FNE constató que elevó las tarifas y redujo la oferta de servicios de transporte marítimo de carga rodada en la ruta, perjudicando a los usuarios del servicio prestado.
Cabe destacar que si bien la compra de la nave no superaba los umbrales que hacen exigible su notificación al mecanismo de control de operaciones de concentración (como la propia FNE lo reconoce), la entidad fiscalizadora entiende que la operación igualmente cambió la estructura del mercado, y la considera como un ilícito anticompetitivo por las consecuencias monopólicas que se derivaron de la compra.
Solicitó una multa contra Navimag por 1.000 UTA, así como una serie de medidas conductuales para evitar los problemas anticompetitivos.
Ver Requerimiento FNE
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