Mediante Decreto Ejecutivo No. 342 de fecha 15 de febrero de 2022 y publicado en el Registro Oficial el 16 de febrero de 2022, se expidió el “Reglamento de aplicación de la Ley de Hidrocarburos”, el cual tiene: tres pilares importantes: seguridad jurídica, atracción de inversiones y eficiencia del sector”.
A continuación, algunos de sus aspectos más importantes está que establece los principios que rigen la Política Nacional de Hidrocarburos (ej.: preferencia a industria nacional - explotar hidrocarburos para industrializarlos en Ecuador); las responsabilidades y facultades del Ministerio del Ramo; y, la conformación y funcionamiento de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Natural No Renovables (ARCERNNR).
Dentro de los puntos más importantes está la regulación de las modalidades para la exploración y explotación de hidrocarburos, las cuales son:
2.1. Iniciativa pública y privada: establece condiciones para delegar a la iniciativa privada o a empresas estatales de la comunidad internacional.
2.1.1 Regla General: El Estado podrá explorar y/o explotar los yacimientos de hidrocarburos en forma directa a través de las empresas públicas de hidrocarburos ecuatorianas.
2.1.2 Excepción: Empresas Públicas ecuatorianas no cuenten con capacidad técnica o económica, que pueda afectar la sostenibilidad de la producción de hidrocarburos - delegación a la iniciativa privada.
2.2. Consorcios – crea la posibilidad de que empresas públicas puedan constituir Consorcios con empresas nacionales o extranjeras, públicas o privadas, para exploración y/o explotación de hidrocarburos.
2.3. Licitaciones – regula los organismos y los procedimientos de licitación de contratos de exploración y explotación de hidrocarburos.
2.4. Contratos de prestación de servicios – establece forma de calcular pago a contratistas.
2.5. Contratos de participación – reconoce a Contratistas el derecho a una participación en la producción, cuyo cálculo se basa en los porcentajes ofertados/convenidos, y en la Ley de Hidrocarburos.
2.6. Transferencia y cesión de derechos – regula procedimiento general para transferencia de derechos previstos en contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, siempre que se tenga autorización previa del Ministro del Ramo.
2.7. Caducidad de contratos – regula procedimiento para declarar la caducidad de los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, a petición del Viceministro de Hidrocarburos o el Director de la ARCERNNR.
Para más información, contactarse con gabriel.santelices@dentons.com y/o juanjose.mantilla@dentons.com.
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