El 10 de abril de 2025, se publicó la Ley 322941, la cual incorpora el artículo 2-A en la Ley 28587, Ley complementaria a la ley de protección al consumidor en materia de servicios financieros.
“Artículo 2-A. Informes en denegatoria de créditos
Las empresas del sistema financiero, luego de la evaluación de una solicitud crediticia que deviene en desaprobatoria y solo a pedido del solicitante, están obligadas a informar, de manera expresa, a través de cualquiera de los canales que previamente han puesto en conocimiento del solicitante y que fueron establecidos para comunicarse con él, los aspectos que no permitieron una calificación positiva de la referida solicitud. La excepción a la obligación de brindar dicha información aplica cuando la denegatoria se debe a consideraciones del perfil del solicitante, sustentadas en la aplicación de normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en concordancia con el artículo 85 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor”.
En ese sentido, mediante la incorporación del nuevo artículo 2-A de la Ley 28587, las entidades financieras tendrán la obligación de informar los motivos que las lleven a rechazar una solicitud crediticia, siempre que el solicitante se los requiera. Los canales de comunicación para estos fines serán los previamente informados y acordados entre la entidad financiera y el solicitante. No obstante, si el rechazo se sustenta en el perfil del solicitante, según las normas prudenciales de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) – tales como administración del riesgo de sobreendeudamiento de deudores minoristas, por prevención de lavado de activos, entre otras – las entidades financieras no estarán obligadas a comunicar sus motivos.
La Ley encarga a la SBS la emisión de normativa adicional que se encuentre orientada al cumplimiento del artículo 2-A dentro del plazo de 30 días calendario contados desde la entrada en vigor de la Ley, lo cual ocurrirá a partir del 11 de abril de 2025.
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