El 28 de setiembre del 2021, la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología emitió un comunicado donde informa que se aprobó extender la obligatoriedad de la vacunación contra COVID-19 para todos los funcionarios del sector público. Esta obligatoriedad se extiende también para personas trabajadoras del sector privado cuyos patronos opten por incorporar la vacunación contra COVID-19 como obligatoria dentro de sus disposiciones laborales internas. En el sector privado, queda a discreción de cada patrono si quiere imponer que la vacunación sea obligatoria.
La presente información es extraída de un comunicado del Ministerio de Salud; sin embargo, éste anunció que, en los próximos días, el Decreto Ejecutivo respectivo que dispone esta obligatoriedad de vacunación, será publicado y firmado. Dicha obligatoriedad comenzará a regir a partir del próximo 15 de octubre de 2021.
Si bien aún el Ministerio no ha emitido reglas o lineamientos específicos, entendemos de este comunicado que el requisito legal para que una empresa del sector privado pueda implementar la vacunación obligatoria contra COVID-19, sería que, dentro de los lineamientos/políticas internas sobre la prevención del COVID-19, se disponga expresamente que la vacuna es obligatoria. Dicho lineamiento/política interna debería especificar si la medida de vacunación será obligatoria para todo el personal, para sólo ciertos departamentos o determinadas personas, dada las labores que ejecutan, así como si esta medida se tomará en cuenta en los procesos de reclutamiento de nuevos empleados. Quedan a salvo de estos lineamientos las personas con contraindicaciones médicas donde se demuestre que la vacuna le pueda causar perjuicio grave comprobado.
Hasta que no se publiquen las medidas y lineamientos definitivos el 15 de octubre, no hay claridad aún con respecto a las medidas disciplinarias que pueden tomar los patronos contra personas trabajadoras que no cumplan con vacunarse.
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